El pasado día 7 de octubre dio el pistoletazo de salida para elegir nuevo Consejo Escolar. Serán unos comicios que tendrán lugar en los próximos 22-24 de noviembre y de cuyos resultados saldrán los elegidos de este órgano representativo en el que se encuentran incluidas de las diferentes entidades que forman parte del organigrama del colegio para los próximos dos años.
Es importante mostrar una participación activa en este proceso. El Consejo Escolar se define como un órgano colegiado en el cual familias, estudiantes, docentes y personal de administración y servicios, a través de sus representantes, obtienen información, proponen y opinan sobre materias relevantes para la mejora de la calidad del proceso de enseñanza-aprendizaje, así como del día a día en la Casa.
Os dejamos un calendario en el que podréis ver las fechas más relevantes de estas elecciones. Os animamos como padres, madres o tutores legales, a que os acerquéis el próximo día 22 de noviembre al centro y participéis ejerciendo vuestro derecho a voto.
Si quieres más información acerca del proceso de Elecciones al Consejo Escolar, accede pinchando aquí.
Funciones del Consejo Escolar en los centros concertados según la normativa vigente:
a) Intervenir en la designación del director del centro, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 (LODE).
b) Intervenir en la selección del profesorado del centro, conforme con el artículo 60 (LODE).
c) Participar en el proceso de admisión del alumnado, garantizando la sujeción a las normas sobre el mismo.
d) Impulsar la adopción y seguimiento de medidas educativas que fomenten el reconocimiento y protección de los derechos de las personas menores de edad.
d bis) Conocer las conductas contrarias a la convivencia en el centro y la aplicación de las medidas correctoras, velando por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director o directora correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de madres, padres o tutores, podrá valorar la situación y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
e) Aprobar el presupuesto del centro en relación con los fondos provenientes de la Administración y con las cantidades autorizadas, así como la rendición anual de cuentas.
f) Informar y evaluar la programación general del centro que con carácter anual elaborará el equipo directivo.
g) Proponer, en su caso, a la Administración la autorización para establecer percepciones a las familias de los alumnos y alumnas por la realización de actividades escolares complementarias.
h) Participar en la aplicación de la línea pedagógica global del centro e informar las directrices para la programación y desarrollo de las actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y servicios escolares.
i) Aprobar, a propuesta del titular del centro, las aportaciones de las familias de los alumnos y alumnas para la realización de actividades extraescolares y los servicios escolares cuando así lo hayan determinado las Administraciones educativas.
j) Informar los criterios sobre la participación del centro en actividades culturales, deportivas y recreativas, así como en aquellas acciones asistenciales a las que el centro pudiera prestar su colaboración.
k) Favorecer relaciones de colaboración con otros centros, con fines culturales y educativos.
l) Informar, a propuesta del titular, el reglamento de régimen interior del centro.
m) Participar en la evaluación de la marcha general del centro en los aspectos administrativos y docentes.
n) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad de trato y la no discriminación, la igualdad de mujeres y hombres, la prevención de la violencia de género y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.